martes, 10 de diciembre de 2013

historial de exposiciones

El primer tema visto fue:

CICLO DE VIDA DE UN  PROYECTO

Los proyectos son  finitos por que tiene un principio y un final bien  definido.

 Hay 4 fases :
* CONCEPCIÓN: se estudia la idea de realizar un proyecto se estudia si beneficia y sea factible
*FORMACIÓN: se define los objetos del proyecto luego se transforma la propuesta en un plan de un proyecto maestro.
* OPERACIÓN: fase operativa ya debe estar conformado el equipo de proyecto.
*TERMINACIÓN: el proyecto debe ser analizado para ver si tiene éxito o es un fracaso.
Ciclo de un proyecto:
crecimiento
Saturación
declinación 
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PUBLICO

Es una institución publica establecida con fines de dar publicidad formal  a determinados hechos, circunstancias  o derechos, bajo regulación y control administrativo.
propiedad - registro
Registro publico
*jurídicos: se crean presunciones jurídicas
*administrativos: ejercen funciones divulgativas
Registro publico de comercio
en este inscriben actos relacionados exclusivamente a actividades de comercio.
transmite, modifica y extingue los derechos de bienes registrables. 
Registro publico de la propiedad  
Este sea adaptados las necesidades de las 32 entidades dentro del sistema legislativo inscripción de los títulos expresamente determinados .
Sección del registro publico
*arrendados
*hipotecas 
Requisitos: 
acta de levantamiento topográfico
certificado de inscripción ante el registro publico de la propiedad y el comercio
certificado de libertad  de gravantes ante el registro publico de la propiedad y del comercio
certificado de libertad de gravantes fiscales
abalos sobre la propiedad 
declaración del IRSL
declaración de impuestos de adquisición del inmueble  


LICENCIA DE USO DE SUELO

Permiso para establecer el uso de piso para utilizarlo para un negocio.
requisitos 
 factibilidad de uso del suelo: tramite 
formulario de registro ante el SAT
licencia municipal y/ o estatal de uso del suelo
identificación del propietario (carta poder, acta constitutiva, poder notarial, e identificación)
visto bueno 
documento que acredite la propiedad del inmueble donde se ejerce la actividad
visto bueno de protección civil
visto bueno de ecología.


REGISTRO ESTATAL DE TRAMITES EMPRESARIALES DE SALUD 

Consiste en el análisis de la infraestructura y servicio sanitarios para la construcción, ampliación, modificación o regulación de edificación. 
http://www.edomexico.gob.mx/rete/SRIASALUD.pdf



Inscripción en la comisión  mixta   de seguridad e higiene al ST

Organismos compuestos  por igual numero de representaciones de los trabajadores y del patrón, que  establece LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
Artículos 509 y 510 para:
  Investigar las causas de accidentes y enfermedades en el centro de trabajo.
CAPITULO XII
DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIENE

ARTICULO 72.- Con objeto de garantizar la salud y la vida de los trabajadores, así como para
prevenir y reducir las posibilidades de consumación de los riesgos de trabajo, el Estado mantendrá
las condiciones higiénicas y de seguridad necesarias en sus centros de trabajo. 
anterior, se establecerá una Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, integrada por tres representantes de El Estado, tres de El Sindicato y dos de Pensiones Civiles, con la cual coadyuvará en cada Dependencia una Comisión Auxiliar de Seguridad e Higiene, que estará integrada por un representante de la Dependencia y otro de El Sindicato. 
ARTICULO 74.- Son funciones de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, con el apoyo de las
Comisiones Auxiliares, las siguientes:

I. Llevar a cabo investigaciones sobre los riesgos de trabajo.

II. Establecer de manera continuada programas de divulgación dirigidos al personal
sobre la prevención de riesgos de trabajo.

III. Vigilar el cumplimiento de las medidas de seguridad laboral implantadas, así como del
uso de equipos, accesorios y dispositivos de protección adecuados a cada actividad.

IV. Diseñar, implantar y difundir programas acerca del ambiente laboral, conforme a los
Manuales de Seguridad e Higiene.

V. Impartir cursos sobre primeros auxilios y técnicas de emergencia en caso de
siniestros
ARTICULO 75.- Las Comisiones Auxiliares de Seguridad e Higiene tendrán las siguientes
atribuciones:

I. Vigilar la aplicación del Programa para la Prevención de Accidentes en las distintas
Dependencias de El Estado, con base en los lineamientos que elabore la Comisión
Mixta de Seguridad e Higiene.
 II. Certificar la observancia de los procedimientos de seguridad e higiene dispuestos para
los distintos centros de trabajo.
 III. Proponer medidas que, en su concepto, eliminen posibles riesgos de trabajo.
 IV. Vigilar, en los casos de accidentes de trabajo, que los trabajadores reciban
oportunamente la atención médica necesaria y que la documentación relativa reciba
trámite expedito por parte del responsable del centro de trabajo en que haya ocurrido
el accidente, informando inmediatamente a la Dirección General sobre cualquier
irregularidad que se presente en la tramitación de dichos documentos.
 V. Investigar las causas que originaron los accidentes de trabajo y proponer las medidas
adecuadas para evitar casos subsecuentes.
VI. Distribuir y utilizar el material educativo que elabore la Comisión Mixta de Seguridad e
Higiene, procurando que los trabajadores se interioricen de su contenido.


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